jueves, 27 de agosto de 2015

LOS NIÑOS, EN LOS ASIENTOS TRASEROS













A partir del 1 de octubre, los menores que midan 1,35 metros o menos deberán viajar en los asientos traseros del vehículo, en su correspondiente sistema de retención Infantil (SRI), según acaba de aprobar un Real Decreto que modifica el artículo 117 del Reglamento General de Circulación, en el que se regula todo lo relativo al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.

En esta modificación se establecen tres excepciones:
- Que las plazas traseras ya estén ocupadas por otros menores de edad de esa altura.
- Que no sea posible instalar todas las sillitas necesarias.
- Que se trate de un vehículo biplaza.

Según las instrucciones
Además, en el Real Decreto se establece la obligación de instalar las 'sillitas' conforme a las instrucciones facilitadas por el fabricante, ya que existen diferentes tipos de sistemas homologados: unos orientados en el sentido de la marcha y otros, en sentido contrario.

Fuente: DGT.es

2 comentarios:

  1. Hola José Luis. Soy Miguel Fernández de AESLEME. Me han parecido muy interesantes las entradas de tu blog que servirán sin duda para estar al día de todas las novedades. Por ello lo agrego a mis favoritos y lo consultaré de vez en cuando. Un cordial saludo.

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  2. Interesante entrada. buen trabajo.

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